Estimados clientes y amigos.
En el artículo vigésimo segundo de la Ley de Ingresos de la Federación para 2026, que entrará en vigor el 1 de enero del mismo año, se otorgó un estímulo fiscal a las personas físicas y morales cuyos ingresos totales en el ejercicio fiscal de 2024, para los efectos de la Ley del Impuesto sobre la Renta, no hayan excedido de $300´000,000.00, que tengan a su cargo créditos fiscales firmes o consentidos, incluso impugnados (previo desistimiento) por concepto de impuestos federales propios, retenidos o trasladados, aprovechamientos, multas fiscales de fondo o de forma, incluso agravadas, así como cuotas compensatorias, con algunas salvedades.
El estímulo fiscal será el equivalente al 100% de las multas, recargos y gastos de ejecución, por adeudos correspondientes al ejercicio fiscal de 2024 o anteriores.
La solicitud para la aplicación del estímulo fiscal debe presentarse a mas tardar el 31 de octubre de 2026 y efectuarse el pago en una sola exhibición, a más tardar el 31 de diciembre del mismo año.
Existen requisitos y situaciones adicionales que establece el decreto, que estamos a sus órdenes para comentar con ustedes, de existir interés.
Atentamente
ORTIZ HIDALGO, GONZÁLEZ & HERNÁNDEZ, ABOGADOS.
